Los extranjeros que viven en este país tienen derecho a participar en las elecciones municipales del lugar donde residen. Este derecho nace cuando en su país de origen también se permite el voto de los españoles en este tipo de elecciones conforme a un tratado internacional.
Por otra parte, todos los ciudadanos de la Unión Europea que se encuentren viviendo en España también podrán votar en las elecciones municipales. Los no ciudadanos de la Unión podrán votar siempre que cumplan los requisitos para ser elector que deben cumplir todos los españoles (ser mayor de 18 años, no estar privado del derecho a voto, etc.) Además, deben manifestar su voluntad de ejercer aquí su derecho para poder ser incluidos en el Censo Electoral.
En relación con el derecho a ser elegido, podrán presentarse a las elecciones municipales los extranjeros que residan aquí y que sean ciudadanos de la Unión Europea, aunque no tengan la nacionalidad española. También gozarán del derecho de sufragio pasivo los nacionales de países que otorguen a los ciudadanos españoles el derecho de sufragio pasivo en sus elecciones municipales. Igualmente, podrán presentarse a estas elecciones quienes reúnan los requisitos para ser elegibles exigidos legalmente para los españoles, o no hayan sido privados del derecho de sufragio pasivo en su Estado de origen.
Sin embargo, no podrán presentarse aquellos que hayan sido condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena y los condenados por sentencia por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado.
martes, 16 de junio de 2015
Derecho al voto y a ser votado de los extranjeros
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