Distinción, exclusión, restricción, basadas en la raza, el color, la ascendencia o el origen nacional o étnico, las convicciones y prácticas religiosas... Son numerosas las formas de sufrir discriminación. Normalmente, la finalidad de estos actos será destruir o limitar los derechos humanos y las libertades fundamentales en el campo político, económico, social o cultural.
Los extranjeros no quedan desprotegidos frente a estas actuaciones. Para combatirlo, el ordenamiento jurídico establece el derecho a exigir la tutela judicial por el procedimiento previsto en el artículo 53.2 de la Constitución: se considera que todos los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, y se aplica también a los extranjeros que hayan obtenido la ciudadanía.
De esta forma, cualquier ciudadano podrá apelar a la tutela y protección de las libertades y derechos reconocidos en la Constitución, ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.