miércoles, 19 de agosto de 2015

Las tasas por autorizaciones administrativas

Las tasas por autorizaciones administrativas
Tanto si se ha puesto antes en contacto con nuestro despacho en Málaga o no, si ha tramitado o hemos tramitado la petición de autorizaciones de residencia, de trabajo, visados, etc., habrá visto que la Administración exige el pago de una tasa. Como todo en estas materias, supone unas trabas si se desconoce la legislación española. Por ello, no dude en confiar en nuestro equipo de abogados para asesorarle.

Las tasas se pagan al solicitar las autorizaciones, y debe pagarlas el beneficiario de la autorización, visado o documento de identidad, o su responsable legal si se trata de menores de edad. ¿Sabía que si es usted trabajador por cuenta ajena, su empresario debe pagar la tasa por la autorización para trabajar por usted? Si le ha hecho creer que debía pagarla usted, llámenos, porque está abusando de su situación. Además, no es la única excepción, existen varias nacionalidades y colectivos que tampoco deben pagar.

Si, a pesar de todo, tiene que pagar, le interesará saber qué cantidad. El gobierno publica cada cierto tiempo una orden ministerial que recoge todas las tasas por cada autorización. También incurrirá entonces en obligaciones tributarias para declarar ante Hacienda, así que no dude en acudir a un abogado. Pásese por nuestro céntrico despacho en Málaga y le explicaremos todo al detalle.


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