El empadronamiento es un documento que certifica el tiempo que se permanece en el territorio español. Cualquier persona, sea nacional o extranjera, puede inscribirse en el Padrón municipal. El único requisito es establecer un domicilio, que podrá hacerse tanto por compra, como por alquiler, o bien desde la casa de un familiar o conocido.
Es muy recomendable no demorar la inscripción en el Ayuntamiento, puesto que sirve como prueba de arraigo para conseguir los papeles definitivos, tener acceso a prestaciones y ayudas sociales, etc. El empadronamiento permite solicitar permisos de residencia y trabajo, asistencia sanitaria, homologación del carné de conducir, inscribir a los hijos en el colegio, etc.
El empadronamiento sólo deberá renovarse, y cada dos años, en el caso de extranjeros sin autorización de residencia permanente. En el resto de casos, una vez inscritos, podemos olvidarnos de este trámite.
Ante traslado de domicilio, debe solicitarse por escrito en alta en el nuevo municipio donde se vaya a establecer la residencia. Los propios municipios se encargan entonces de notificar la baja en el padrón anterior y el alta en el nuevo.
Nuestro despacho de abogados en Málaga ofrece este servicio a todos los extranjeros que llegan a España o nacionales que trasladen su domicilio y deseen empadronarse en el nuevo. Nos ocupamos de su papeleo, consúltenos.
lunes, 5 de octubre de 2015
Empadronamiento de extranjeros
Posted by Unknown on 14:56 in Abogados Asistencia Empadronamiento extranjeros Málaga Padrón municipal Permiso de residencia | Comments : 0