Nuestros abogados expertos en derecho de extranjería se lo explican.
Lo primero que debe hacer es reunir los siguientes documentos:
- Fotocopia del Permiso de Trabajo y Residencia ya renovado. Si está pendiente de renovación, aportar el justificante o fotocopia de la citación para su renovación (excepto en el caso de reagrupación de menores que ya estén en España y que no es necesario tenerlo renovado).
- Fotocopia de la escritura o contrato de alquiler de la vivienda, sellado por la DGA.
- Datos de las personas que conviven en Málaga con el reagrupante: nombre, NIE / DNI, fecha de nacimiento y parentesco.
- Fotocopia del pasaporte de la/s persona/s a las que se va a reagrupar.
- Declaración jurada de veracidad de los datos aportados.
- Datos de la vivienda: dirección; barrio, nº total de habitaciones de la vivienda sin incluir WC y cocina, si tiene o no cocina, WC, calefacción y agua caliente.
Una vez presentada la instancia en el Registro, la autoridad competente se pondrá en contacto con el solicitante para pedirle que complete la documentación oportuna que falte, o directamente para fijar fecha de la visita a su domicilio si el resto de documentos habían sido bien presentados y admitidos como válidos.
Finalmente, una vez terminado este trámite, y en el plazo de unos 30 días, se emitirá el informe de vivienda si se cumplen todos los requisitos.